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ARCA | Exención en Ganancias para alquileres y venta de inmuebles

ARCA, mediante el Decreto 406/2026, reglamentó las modificaciones introducidas por la Ley 27.802 en el Impuesto a las Ganancias, precisando el alcance de las exenciones vinculadas a inmuebles, con aplicación para operaciones y rentas devengadas a partir del 1 de enero de 2026. Alquileres con destino a vivienda Se establece la exención en Ganancias para las rentas derivadas de locación y sublocación de inmuebles con los siguientes alcances: Aplica a personas humanas y sucesiones indivisas El inmueble debe destinarse a vivienda única, familiar y de ocupación permanente Comprende todas las unidades afectadas a ese destino, sin límite Incluye no solo el alquiler, sino también muebles, accesorios y servicios vinculados al contrato Quedan excluidos los alquileres con destino comercial, profesional o temporario/turístico (no califican como casa-habitación) Venta de inmuebles Quedan exentos los resultados obtenidos por la enajenación y transferencia de derechos sobre inmuebles, bajo estas condiciones: Aplica a personas humanas y sucesiones indivisas, residentes o no Incluye la venta directa y la cesión de derechos (por ejemplo, boletos) Solo para operaciones comprendidas en el art. 99 de la Ley de Ganancias En términos prácticos, implica la eliminación de la imposición del impuesto cedular sobre este tipo de resultados
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ARCA | Prórroga de vencimientos de Ganancias y Bienes Personales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una prórroga excepcional para la presentación y pago de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025. Nuevo vencimiento unificado: Se extiende hasta el 27 de julio de 2026 para: Impuesto a las Ganancias (personas humanas y sucesiones indivisas) Impuesto sobre los Bienes Personales Impuesto Cedular La prórroga alcanza tanto a contribuyentes del régimen general como a quienes utilicen el Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Asimismo, las declaraciones juradas informativas previstas en las RG 2.442 y 4.003 podrán presentarse hasta el 31 de julio de 2026.
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