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ARCA – Facturas en moneda extranjera

ARCA adecúa la normativa sobre facturación para facilitar las operaciones pautadas, facturadas y abonadas en moneda extranjera. A través de la R.G. 5616/2024, aclara el tipo de cambio a utilizar y actualiza las distintas modalidades de emisión de comprobantes en moneda extranjera: Cuando se abonen en la misma moneda, deberá usarse el tipo de cambio del Banco Nación correspondiente al día hábil anterior al de la emisión de la factura. En los comprobantes electrónicos en moneda extranjera, el sistema consignará el tipo de cambio automáticamente. Quienes utilicen controladores fiscales de nueva tecnología, podrán utilizar el sistema de “comprobantes en línea” para la emisión de comprobantes en moneda extranjera. Las nuevas disposiciones alcanzaran a los comprobantes “A” “B” “C” “E” y “T”, siguiendo un cronograma de implementación que establecerá ARBA.
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